Impuestos: Lo que debes saber para emprender tu negocio
Si estas pensando en iniciar tu propia empresa, negocio o emprendimiento es importante tener en cuenta que estructura impositiva será la que adoptes. Si bien es tarea de los asesores, específicamente la de los Contadores Públicos, el determinar cúal es la estructura más conveniente es importante que poseas ciertos conocimientos básicos que te mostraremos a continuación.
Los diferentes impuestos
En la Argentina, todo emprendimiento económico que se quiera llevar a cabo debe hacer frente, de una forma u otra, a las siguientes obligaciones: Impuesto a las Ganancias (IIGG), Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), Ingresos Brutos (IIBB), Impuestos directos específicos y Cargas Sociales. Te explicamos brevemente en que consiste cada uno de ellos:
- Impuesto a las ganancia (IIGG): es un tributo que se aplica sobre las ganancias o ingresos percibidos por personas, empresas o cualquier entidad legal como medio de recaudación estatal. El mismo se realiza al finalizar cada ejercicio comercial.
- Impuestos a los ingresos brutos: es el principal recurso que obtienen los gobiernos provinciales, grava el ejercicio de la actividad económica con propósitos de lucro en una determinada jurisdicción y, en general, se calcula únicamente sobre las ventas.
- IVA: El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un impuesto al consumo, que se aplica a la venta de cosas, a la prestación de servicios y a las importaciones de ciertos bienes. Se computa como crédito el IVA que pagamos y como débito el IVA que cobramos. De existir diferencia, se ingresa al fisco o queda a favor para el próximo ejercicio.
- Retenciones impositivas: si bien no son un costo o impuesto es muy importante tenerlas en cuenta para evitar sorpresas. Las mismas suelen producir desajustes financieros ya que se inmoviliza una parte por un determinado tiempo, el cual puede ser hasta un lapso de 16 meses.
- Impuesto sobre los bienes personales: es un impuesto que se aplica sobre los bienes personales existentes al 31 de diciembre de cada año. Este impuesto lo ingresa la empresa en sustitución de sus accionistas, no siendo un impuesto directo de la misma, con lo cual muchas empresas suelen trasladarles el costo a sus accionistas.
- Impuestos internos: suele alcanzar a determinadas actividades y productos como los tabacos, bebidas alcohólicas, cervezas, bebidas analcohólicas, jarabes, extractos y concentrados, automotores y motores gasoleros, servicios de telefonía celular y satelital, champañas, objetos suntuarios y vehículos automóviles y motores, embarcaciones de recreo o deportes y aeronaves. Este mismo se aplica conforme a las disposiciones de la ley Ley 24674.
- Impuesto al débito / crédito: algunas veces es un costo no considerado u oculto que, en muchas actividades, alcanza un importante costo. Es significativo si se trabaja con medios de pagos electrónicos.
- Impuesto a la ganancia mínima presunta: El impuesto a la Ganancia Mínima Presunta establecido por el Título V de la Ley N° 25.063, se determina aplicando la tasa del 1% sobre el valor de los activos gravados de los sujetos pasivos del impuesto.
- Seguridad social: se debe abonar en el caso de contratar personal.
- Otros impuestos: en esta categoría se incluyen impuestos de sellos, automotor, inmobiliario, internos, tasas de publicidad, etc.
La estructura impositiva dependerá entonces al ramo de actividad que te dediques y al tipo societario que elijas según el Régimen General, el cual puede ser: S.A, S.R.L, unipersonal, entre otras.
Recuerda que la razón de los impuestos yace en que el Estado necesita dinero para solventarse y mantener las instituciones públicas y brindar así un marco de seguridad jurídica e infraestructural para que las personas, tanto físicas como jurídicas, se desarrollen de la mejor forma posible.