Depósitos a plazo fijo
Los depósitos a plazo fijo son colocaciones en bancos u otras instituciones financieras con el objeto de beneficiarse con el interés obtenido. En general se realizan a un interés fijo, pactado al iniciar la operación. Los plazos son diversos, siendo las operaciones transferibles a terceras personas o no transferibles, existiendo en el primer caso, la posibilidad negociación mediante el endoso.
Tratamiento contable
La renta de esta inversión, son los intereses, los que pueden ser liquidados en forma anticipada o vencida. Al momento del acuerdo, el inversor deposita el importe nominal y recibe a su vencimiento la devolución del capital y los intereses devengados.
Al registrar esta operación debe acreditarse la cuenta que representa la inversión de fondos (puede ser Caja, Bancos, etcétera) y debitarse la cuenta representativa de la colocación, «Depósito a Plazo fijo», por el valor nominal de la operación. En el supuesto caso que los intereses hayan sido percibidos por adelantado, su importe debe ser acreditado a una cuenta regularizadora de activo la que irá disminuyendo por el devengamiento de los intereses.
La cuenta «Intereses positivos a devengar» es una regularizadora de activo, y regulariza la cuenta principal que es el Depósito a Plazo Fijo.
Se trata de una operación permutativa dado que solo interviene cuentas patrimoniales, porque los intereses recién comenzarán a devengarse a partir del momento de colocación.
Cuando se efectúa un depósito a plazo fijo en alguna institución bancaria, dicha entidad emite un certificado de plazo fijo, en el que figura el importe de la colocación, los intereses que se devengarán en transcurso del período, la fecha de vencimiento y el monto a cobrar a dicha fecha. En consecuencia se deben registrar los intereses en una cuenta regularizadora del activo, la que se irá debitando contra el devengamiento de los mencionados intereses.
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